Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151119-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

163
Madrid número 27. Procedimiento 302 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 302 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Train Florea, frente a “Aditel Obras Construcción, Sociedad Limitada”, y “Rehabilitaciones Aditel, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda de despido interpuesta por don Train Florea, contra “Rehabilitaciones Aditel, Sociedad Limitada”, “Aditel Obras en Construcción, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado al trabajador con efectos de fecha 26 de enero de 2015, y no siendo posible la readmisión se tiene por hecha la opción por la indemnización, se declara extinguida la relación laboral del trabajador con las empresas demandadas con efectos de esta resolución, condenando solidariamente a las empresas “Rehabilitaciones Aditel, Sociedad Limitada”, y “Aditel Obras en Construcción, Sociedad Limitada”, al abono de una indemnización en cuantía de 11.794,47 euros.

Y estimando la demanda por cantidad, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas “Rehabilitaciones Aditel, Sociedad Limitada”, “Aditel Obras en Construcción, Sociedad Limitada”, a que abonen a don Train Florea la cantidad de 4.963,30 euros en concepto de liquidación, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda de este último.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a sentencia a “Aditel Obras Construcción, Sociedad Anónima”, y “Rehabilitaciones Aditel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.348/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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