Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
03-11-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151103-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

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Alcorcón. Ofertas de empleo. Bases convocatoria titular Asesoría Jurídica

En relación con la convocatoria que está llevando a cabo este Ayuntamiento para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Alcorcón, se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Que, por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2015, se aprobaron las bases de la convocatoria anteriormente citada, cuyo literal es el siguiente:

BASES DE CONVOCATORIA PARA PROVEER EL PUESTO DE TITULAR DE LA ASESORÍA JURÍDICA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN

Primera. Objeto de la convocatoria.—Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria la provisión por el sistema de libre designación del cargo de carácter directivo de titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Alcorcón de Madrid, encuadrado en el grupo A, subgrupo A1, en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento.

Segunda. Naturaleza del puesto.—El puesto a cubrir tiene la condición de personal directivo de conformidad con los artículos 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 13 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tercera. Características del puesto:

— Denominación: titular de la Asesoría Jurídica.

— Grupo: A1; subgrupo A1.

— Nivel complemento de destino: 30.

— Complemento específico: 46.760,92 euros.

— Adscripción: Delegación de Presidencia.

— Ayuntamiento de Alcorcón.

— Localidad y provincia: Alcorcón (Madrid).

Cuarta. Funciones a desarrollar.—Asume la Dirección del Servicio Jurídico del Ayuntamiento de Alcorcón y por ello le corresponde la dirección, coordinación e inspección de las funciones encomendadas a los servicios jurídicos municipales, sin perjuicio de las que estén atribuidas al Secretario General del Pleno y de las Comisiones.

Realizará sus funciones en régimen de dedicación exclusiva, siendo incompatible con el ejercicio de cualquier tipo de actividad profesional.

Sus cometidos son los propios de la de dirección técnica y organizativa de un cargo directivo; la gestión de recursos humanos y materiales; la de presupuestación, planificación, contratación; desarrollo, supervisión y ejecución de los programas asignados así como otras derivada de la naturaleza de dichos cargos.

Dará el preceptivo asesoramiento jurídico a la Alcaldía-Presidencia, a la Junta de Gobierno Local y los Órganos Directivos del Ayuntamiento, a través de la emisión de informes jurídicos facultativos que sean solicitados por los mencionados Órganos Superiores y Directivos.

Ejercerá por sí o por los medios asignados la dirección, representación y defensa en juicio del Ayuntamiento de Alcorcón y para ello coordinará y dirigirá la representación y defensa en juicio del Ayuntamiento de Alcorcón bien a través de los letrados del Ayuntamiento o bien cuando sea ejercida por abogados y procuradores externos.

Realizará todas aquéllas funciones otorgadas por las leyes y los reglamentos vigentes en cada momento.

Quinta.—Requisitos de los aspirantes.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de licenciado en Derecho.

b) Ostentar la condición de funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional o bien funcionario de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las Entidades Locales, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

Sexta. Convocatoria y publicidad.—La convocatoria y sus bases serán aprobadas por la Junta de Gobierno Local y remitidas al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación íntegra y, en extracto al “Boletín Oficial del Estado”.

Séptima.—Plazo y presentación de solicitudes.—Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se dirigirán al alcalde-presidente, haciendo constar en ellas que se reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.

Dichas instancias deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento. Podrán presentarse también por correo en la forma determinada por el procedimiento administrativo.

Octava. Solicitud y documentación.—El escrito de solicitud deberá contener todos y cada uno de los extremos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo indicación expresa del número de registro de personal, la situación administrativa en que se encuentra el puesto de trabajo, en su caso, que en la actualidad ocupe el solicitante.

A las solicitudes deberán acompañarse el currículum de los aspirantes en el que constarán, debidamente documentados, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, la experiencia profesional y proyectos realizados, los títulos académicos que en cada caso se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados; todo ello en relación con las características y funciones que corresponden al titular de Asesoría Jurídica del Ayuntamiento y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente, tal y como se ha puesto de manifiesto.

Se tendrá en cuenta la formación, conocimientos, experiencia y ejercicio en puestos de asesoramiento legal a órganos y organismos (asesoramiento interno) así como la representación y defensa letrada en juicio de las distintas Administraciones y la experiencia acreditada en el desempeño de las funciones de Asesoría Jurídica en municipios bien de régimen común o los de gran población.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

El escrito de solicitud deberá contener todos y cada uno de los extremos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo indicación expresa del número de registro de personal, la situación administrativa en que se encuentra el puesto de trabajo, en su caso, que en la actualidad ocupe el solicitante.

Novena. Nombramiento.—En el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local será, previa propuesta del alcalde-presidente, el órgano competente para efectuar el nombramiento.

El acuerdo de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos exigidos y de la competencia para proceder al mismo.

En el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local, previa propuesta del señor alcalde-presidente, procederá, en su caso, y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos, a dictar la resolución correspondiente.

La resolución será motivada con relación al cumplimiento por parte del candidato elegido, de los requisitos, así como de la competencia para proceder al nombramiento. En cualquier caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento como fundamento de la indicada resolución adoptada la observancia del procedimiento debido.

Décima. Forma y toma de posesión.—El plazo posesorio será el establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Alcorcón, a 1 de octubre de 2015.—El alcalde, PD, la concejal-delegada de Recursos Humanos, Régimen Interior, Medio Ambiente, Limpieza y Parques y Jardines, Laura Pontes Romero.

(02/5.178/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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