Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
20-10-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151020-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6

196
Autos 223 de 2015

EDICTO

Doña María Dolores Millán Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 451 de 2012, ejecución número 13 de 2015, a instancias de doña Josefa Ríos Ruis, doña Inmaculada Ruiz Serna y doña Josefa Carrasco Mármol, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, (hoy “Terral Wind, Sociedad Limitada”), en los que el día 22 de enero de 2015 se han dictado auto y decreto de ejecución, cuyas partes dispositivas dicen:

1.o Procédase a acumular los procedimientos números 826 y 827 de 2012 al presente procedimiento número 825 de 2012.

2.o Se acuerda la ejecución de los títulos ejecutivos referidos, sentencias firmes de fechas 14 de julio de 2014, 28 de julio de 2014 y 14 de julio de 2014, contra la deudora “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (hoy “Terral Wind, Sociedad Limitada”), por un principal total de 3.040,64 euros, más 182 euros calculados para intereses y otros 304 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banco Santander” con el número 0116/0000/65/0825/12, indicando en el concepto “Recurso” código “Social-Reposición”.

Así lo manda y firma doña Ana Belén Cordero Naharro, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.—Doy fe.

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita acredite haber consignado el depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banco Santander” con el número 0116/0000/65/0825/12, indicando en el concepto “Recurso” el código “Social-Reposición”.

Y para que conste y sirva de notificación a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (hoy “Terral Wind, Sociedad Limitada”), que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante, a 10 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.984/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151020-196