Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
24-09-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150924-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 3

196
Ejecución 14 de 2015

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento sobre ejecución de títulos judiciales número 14 de 2015, a instancias de la ejecutante contra “Seguridad Sansa, Sociedad Anónima”, en la que con fecha 2 de septiembre de 2015 se han dictado resoluciones cuya parte dispositiva extractada contiene los siguientes extremos:

Parte dispositiva:

Declarar a la ejecutada “Seguridad Sansa, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia con carácter provisional, por importe de 4.079,37 euros de principal, más 1.223,81 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Expídanse a la parte ejecutante los oportunos testimonios necesarios para su aportación al Fondo de Garantía Salarial, remitiéndose los mismos junto con la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión (artículo 188 de la Ley 36/2011) ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso de la empresa ejecutada deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Santander”, número 4022-0000-64-103512, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Santander” número ES55 0049 35699200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número 3 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley 36/2011, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 16/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Lo acuerdo y mando. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada “Seguridad Sansa, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID conforme a la instrucción número 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, en relación con la Ley de Protección de Datos, con la prevención de que las citadas resoluciones se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla, a 2 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.686/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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