Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
16-09-2015

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150916-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

72
Juicio de faltas 842 de 2014

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 842 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 30 de enero de 2015.—Vistos por mí, Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 842 de 2014, sobre lesiones, en virtud de denuncia, en los que han sido partes el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, doña Macarena Crujera Domínguez, y, como denunciado, don Jesús Alberto Elescano Vargas, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Jesús Alberto Elescano Vargas, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes con cuotas diarias de 6 euros (180 euros), a que indemnice a doña Macarena Crujera Domínguez en la suma de 200 euros por días de lesión y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.

Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas bien de forma voluntaria, bien por vía de apremio.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado, ante la Audiencia Provincial de Madrid, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en el artículo 976, con relación con los artículos 790 y 792, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jesús Alberto Elescano Vargas expido la presente.

En Madrid, a 19 de agosto de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.821/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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