Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
14-09-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150914-14

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA DEL VALLE

RÉGIMEN ECONÓMICO

14
Calendario fiscal 2015

Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, y artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se ha aprobado el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Alameda del Valle para el ejercicio 2015, así como para cumplir con la exposición pública de los padrones y los anuncios de cobranza, en los siguientes términos:

Calendario fiscal de cobro ejercicio 2015

Período de cobranza en voluntaria del 15 septiembre al 30 noviembre de 2015:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2015.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2015.

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica 2015 (IVTM).

— Impuesto de actividades económicas 2015 (IAE).

— Tasa de alcantarillado 2015.

— Precio público por consumo de agua 2015.

Los obligados tributarios podrán examinar los contenidos en los padrones por el plazo establecido de quince días hábiles y podrán presentar, si procede, el correspondiente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del término de exposición pública.

En cualquier caso, el Ayuntamiento garantizará la confidencialidad de los datos de carácter personal, protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria establecido en el artículo 95 de la Ley General Tributaria.

Se establecen las siguientes normas para hacer efectivo el pago:

a) Medios de pago:

— Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse con una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de cobro.

— Documento recibo correspondiente.

b) Lugares, días y horas de ingreso:

— Oficina de “Bankia”, sucursal de Rascafría, o en cualquier oficina del “Bankia”, en la cuenta restringida de recaudación.

c) La advertencia de que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.

En Alameda del Valle, a 26 de agosto de 2015.—La alcaldesa, Noemí Frías López.

(02/4.647/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150914-14