Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2015

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150814-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA

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ORDEN 1575/2015, de 7 de agosto, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que adoptan determinadas medidas en relación con la extinción del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor.

El Decreto 72/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, prevé, en su artículo 5.7, la extinción del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, cuyas competencias asume la Dirección General de la Familia y el Menor, que se crea en este Decreto, excepto la gestión de los centros de acogimiento residencial, que se atribuye al Servicio Regional de Bienestar Social que, a su vez, cambia su denominación a Agencia Madrileña de Atención Social.

Sin embargo, la disposición transitoria única de dicho Decreto establece que lo dispuesto, entre otros, en el artículo 5.7, en todo aquello que suponga cambio de centro presupuestario y en lo relativo a la adaptación de los procesos de estructuras orgánicas, presupuestarias y contables, se adecuará a lo establecido en el Decreto, como máximo, el día 1 de enero de 2016.

Por otro lado, la Orden de 10 de julio de 2015, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, publicada el 20 de julio, por la que se establece la adscripción de programas presupuestarios a las distintas Consejerías, establece que se mantendrá la estructura presupuestaria aprobada para el ejercicio 2015 y que la gestión de los programas de gasto se realizará por los Consejeros en el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdo con la distribución efectuada por el Decreto 72/2015, de 17 de julio. Asimismo, se crean nuevos programas presupuestarios para aquellos supuestos en los que la estructura existente no se adapta a los órganos administrativos nuevos, caso de la Dirección General de la Familia y el Menor.

Igualmente, el Decreto 197/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, prevé, en el apartado 2 de su disposición final primera, que en relación con la aplicación de la disposición transitoria única del Decreto 72/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el titular de la Consejería de Políticas Sociales y Familia dictará cuantas Órdenes sean necesarias para establecer las medidas precisas que hagan efectiva la extinción o modificación de los organismos y entes dependientes o adscritos a la misma afectados por la aplicación de dicha disposición, así como para adaptar durante el período transitorio la composición y titularidad de cualquiera de sus órganos y unidades hasta su efectiva liquidación. Asimismo, en el apartado 1 de dicha disposición final, se autoriza al titular de la Consejería de Políticas Sociales y Familia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento vigente, con el objetivo de facilitar la gestión de los expedientes administrativos afectados por la supresión del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor,

DISPONGO

Primero

La Consejería de Políticas Sociales y Familia se subroga en los contratos y convenios suscritos por el Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, así como en todos los expedientes de contratación, subvenciones y cualquier otro de contenido económico iniciados por dicho Instituto.

Segundo

Las funciones que correspondieran al Director-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor pasarán a desempeñarse por el Director General de la Familia y el Menor, excepto las relativas a la gestión de los centros de acogimiento residencial titularidad del mismo.

Tercero

Se encomienda a la Agencia Madrileña de Atención Social la realización de actuaciones de apoyo técnico y administrativo en materia de protección del menor y la familia, siendo estas competencias atribuidas a la Dirección General de la Familia y el Menor, según el Decreto 197/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.

En Madrid, a 7 de agosto de 2015.

El Consejero de Políticas Sociales y Familia, CARLOS IZQUIERDO TORRES

(03/24.367/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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