Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150813-21

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

21
Acuerdo de modificación de órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública

Acuerdo de 30 de julio de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el acuerdo de 16 de julio de 2015, por el que se determinan los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública:

«El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 16 de julio de 2015 se determinaron los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública. A su vez, por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 2 de julio de 2015 se estableció la organización del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto y se delegaron competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, creándose la Dirección General de Transparencia, a la que le corresponde, entre otras, la competencia en materia de Administración Electrónica.

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, para precisar que corresponde a la Dirección General de Transparencia el impulso de las acciones necesarias para implantar de forma paulatina la posibilidad de emitir por medios electrónicos certificaciones y copias auténticas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 4 del Reglamento por el que se regulan las funciones de fe pública en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, vista la propuesta de la gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaría de la Junta de Gobierno, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 30 de julio de 2015,

ACUERDA

Primero.—Modificar la disposición final primera, relativa a la “Utilización de medios electrónicos”, del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 16 de julio de 2015, por el que se determinan los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública, que queda redactada en los siguientes términos:

“Disposición final primera. Utilización de medios electrónicos.—Por la Dirección General de Transparencia del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, se realizarán las acciones necesarias para implantar de forma paulatina la posibilidad de emitir por medios electrónicos certificaciones y copias auténticas por todos los órganos competentes previstos en este acuerdo”.

Segundo.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes según el mismo se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Tercero.—Se faculta al gerente de la Ciudad a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

Cuarto.—Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

Quinto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Sexto.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo».

Lo que se publica por acuerdo de la Junta de Gobierno para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 31 de julio de 2015.—El jefe de Servicio de Apoyo Institucional, Cirilo García Teresa.

(03/23.703/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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