Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150808-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

34
Procedimiento 753 de 2014-A

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 753 de 2014-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Activa Mutua 2008”, frente a don Miguel Udo Villaverde, doña Montserrat Millet Pujol, Fondo de Garantía Salarial, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Sadil, Sociedad Anónima”, Tesorería General de la Seguridad Social y don Mariano Para Herrera, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se tiene por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por “Activa Mutua 2008” contra la sentencia de fecha 23 de abril de 2015, dictada en los presentes autos.

Devuélvase a “Activa Mutua 2008” la cantidad de 300 euros en concepto de devolución de depósito para recurrir, expidiéndose a tal fin mandamiento de pago, que queda a disposición en la Secretaría de este Juzgado, con la advertencia de que el mismo caducará a los tres meses desde la fecha de su expedición.

Modo de impugnación: mediante recurso de queja, ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, debiendo acompañar copia de la presente resolución de acuerdo con el artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por el artículo 4, apartado 23, de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sadil, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.458/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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