Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150807-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 2

199
Ejecución 107 de 2015

EDICTO

Doña Carmen Yolanda Toro Vílchez, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Cádiz.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 107 de 2015, dimanante de los autos número 321 de 2013, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Francisco Becerra Carrasco, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, habiéndose dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

El anterior escrito, regístrese en el libro de su clase.

No ha lugar a continuar la ejecución contra la empresa concursada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, debiendo el actor don Francisco Becerra Carrasco ejercitar su derecho ante el magistrado-juez de lo mercantil del número 8 de los de Madrid, conocedor del concurso.

Procédase al archivo de las actuaciones, previa notificación a las partes y dejada debida nota en el libro de su clase.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Y para que sirva de notificación en forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Cádiz, a 9 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.111/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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