Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150806-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

79
Procedimiento 473 de 2015-01

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 473 de 2015-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ramón García Morante y doña Olga de Francisco Martín, frente a don Gregorio Patón Morales, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 19 de mayo de 2015.

Visto el contenido del anterior escrito sobre reclamación de honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a don Gregorio Patón Morales para que en el término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado número 2509/ 0000/00/0473/15 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales y que asciende a 2.459,22 euros, o bien, impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Gregorio Patón Morales, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.135/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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