Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150804-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

146
Ejecución 79 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 79 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia de la Calle Guerra, frente a “Recupro, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Agotran Sucursal en Portugal” y “Agotran Sucursal en Argelia”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

«Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante doña Silvia de la Calle Guerra, frente a la demandada “Recupro, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Agotran Sucursal en Portugal” y “Agotran Sucursal en Argelia”, parte ejecutada, por un principal de 103.371,43 euros (96.371,43 euros de indemnización más 7.000 euros), más 6.202 euros y 10.337 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación».

«Respecto de la empresa “Recupro, Sociedad Limitada Unipersonal”, dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional por referencia en la presente ejecución.

Respecto de las empresas “Agotran Sucursal en Portugal” y “Agotran Sucursal en Argelia”, se solicita a la parte actora a fin de que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, aporte a este Juzgado el CIF de dichas empresas, al no constar en las actuaciones, con apercibimiento de que en caso de no hacer manifestación alguna no podrán llevarse a cabo las averiguaciones patrimoniales y se darán estas como negativas».

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Recupro, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Agotran Sucursal en Portugal” y “Agotran Sucursal en Argelia”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.925/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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