Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150804-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1

78
Procedimiento 734 de 2013

EDICTO

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 1 (anterior mixto número 1) de Torrejón de Ardoz.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de procedimiento de juicio verbal número 734 de 2013-R, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 3 de diciembre de 2013 a don José Luis Gil Martínez.

Sentencia número 269 de 2013

En Torrejón de Ardoz, a 3 de diciembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña Natalia Velilla Antolín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Torrejón de Ardoz, los autos de juicio verbal de reclamación de cantidad registrados bajo el número 734 de 2013, seguidos en este Juzgado en virtud de demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la urbanización “Residencial Jarama” bloque número 2, de Paracuellos de Jarama, representada por el procurador de los tribunales don Ángel Tello Galve y asistida por la letrada doña Isabel Genoveva Sánchez Aranegui, contra don José Luis Gil Martínez, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios de la urbanización “Residencial Jarama” bloque número 2, de Paracuellos de Jarama, y condeno a don José Luis Gil Martínez a abonar a la actora la cantidad de 1.680,04 euros, más los intereses en los términos indicados en el fundamento jurídico tercero y al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno según lo establecido en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tras la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe en audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

En Torrejón de Ardoz, a 12 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.241/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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