Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150731-57

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

CONTRATACIÓN

57
Licitación operación asfalto

Convocatoria de adjudicación del contrato de ejecución de las obras de la “Operación Asfalto 2015 en Boadilla del Monte (Madrid)”, realizada mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 165, de 14 de julio de 2015 (anuncio de referencia 01/2.242/15).

En sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada en fecha 30 de julio de 2015, se adoptó el siguiente acuerdo:

«En relación al procedimiento convocado para la adjudicación del contrato de ejecución de las obras de la “Operación Asfalto 2015” (EC/24/15), en Boadilla del Monte (Madrid).

Considerando la disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, que establece que no será exigible la clasificación en los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros.

Considerando el artículo 88 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que señala que, a todos los efectos previstos en esta Ley, el valor estimado del contrato vendrá determinado por el importe total, sin incluir el impuesto sobre el valor añadido.

Considerando que en los pliegos de condiciones aprobados por la Junta de Gobierno Local, de 10 de julio de 2015, a regir en la adjudicación de dicho procedimiento, se ha incluido el IVA a los efectos de determinar la clasificación de las empresas.

Considerando el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que establece que la clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquellos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma.

Vistos que, en los pliegos de condiciones referidos, se establece que para las empresas españolas y extranjeras no comunitarias, acreditarán la solvencia económico y financiera, mediante la clasificación correspondiente del contratista, y que para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, acreditaran su solvencia económico, financiera y técnica mediante los términos y por los medios que se relacionan en el artículo 9 del pliego de condiciones técnicas y anexo I del pliego de cláusulas económico-administrativas particulares.

Considerando que el plazo de finalización de proposiciones termina el próximo día 10 de agosto, y vistas las dudas planteadas por un licitador, de conformidad con la cláusula decimotercera de los pliegos de cláusulas económico-administrativas particulares y el artículos 210 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en la que se establece que el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de la interpretación los contratos administrativos y de la resolución que ofrezca su cumplimiento.

Se acuerda:

Primero.—Interpretar los pliegos de condiciones, aprobados por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 10 de julio de 2015, en cuanto a la acreditación de la solvencia económico-financiera y técnica o profesional, en el siguiente sentido:

De conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cualquier licitador podrá acreditar la solvencia económica, financiera y técnica o profesional mediante la correspondiente clasificación del contratista exigida en los pliegos de condiciones [grupo G, subgrupo 6, categoría d)], o bien, mediante los términos y por los medios que se relacionan en el artículo 9 del pliego de condiciones técnicas y anexo I del pliego de cláusulas económico-administrativas particulares.

Segundo.—Conceder un nuevo plazo de presentación de proposiciones de veintiséis días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante”, para conocimiento de los licitadores».

Boadilla del Monte, 2015.—El tercer teniente de alcalde, delegado del Área de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Francisco Javier Úbeda Liébana.

(01/2.389/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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