Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150724-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

74
Procedimiento 32 de 2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no consensuados número 32 de 2015, entre don Manuel Rubel Loroña Acero y doña Sarita Elizabeth Velásquez Agurto, declarada en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 25 de junio de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Manuel Rubel Loroña Acero, representado por la procuradora de los tribunales doña Paula María Ghul Millán, contra doña Sarita Elizabeth Velásquez Agurto, declarada en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

1.o Otorgar al padre, señor Loroña Acero, la guarda y custodia del hijo menor de edad, Lorenzo Manuel Loroña Velásquez, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad, siendo la titularidad de la patria potestad compartida.

2.o No procede fijar régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

3.o No procede fijar pensión de alimentos a cargo del progenitor no custodio.

No procede hacer expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/0000/02/0032/15 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Si el ingreso se efectuare por transferencia deberá, además, hacer constar el número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, haciendo constar en el campo “Conceptos y observaciones” los siguientes dígitos número 2102/0000/02/0032/15.

Líbrese y únase certificación de la sentencia a los autos, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Sarita Elizabeth Velásquez Agurto expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.658/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150724-74