Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150723-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 14

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Juicio verbal 974 de 2014

EDICTO

La secretaria del Juzgado de primera instancia número 14 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 974 de 2014, en materia de contratos en general, obra dictada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 74

En Madrid, a 22 de abril de 2015.—La ilustrísima señora doña María José García Juanes, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 14 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 974 de 2014, promovidos a instancias de don Crisogono Fernández de la Torre, y en su representación el procurador de los tribunales don José Ramón Rego Rodríguez y asistido del letrado don Mario Cosano Erro, contra don Nelson Solón Pinargorte Jiménez y doña Glenda Marivel Bravo Mendoza, asistidos de la letrada doña María Felicidad Puentes Armestre; don Leonel Arturo Pinargote Bravo y doña Carmen Elisabet Pincay Intriago, declarados en rebeldía; sobre acción en reclamación de cantidad, y...

Fallo

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el procurador don José Ramón Rego Rodríguez, en nombre de don Crisogono Fernández de la Torre, contra don Nelson Solón Pinargorte Jiménez, doña Glenda Marivel Bravo Mendoza, don Leonel Arturo Pinargote Bravo y doña Carmen Elisabet Pincay Intriago:

1. Debo condenar y condeno a estos demandados a que paguen a la parte demandante la cantidad de 1.104,84 euros por principal, más los intereses legales a contar de la presentación de la demanda, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. Todo ello con imposición, si las hubiese, a la parte demandada de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes, con indicación de que contra la misma no cabe recurso, conforme el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a los demandados don Leonel Arturo Pinargote Bravo y don Nelson Solón Pinargorte Jiménez, que se hallan en paradero desconocido, se expide el presente en Madrid, a 24 de marzo de 2008.—La secretaria (firmado).

(02/4.056/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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