Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150716-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación Presidencia de la Comisión Informativa Permanente

Al objeto de dar cumplimiento a las determinaciones del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se hace público, para general conocimiento, que la Alcaldía, el 29 de junio de 2015, ha dictado varios decretos cuya parte dispositiva, en lo que interesa, son las siguientes:

Delegar la Presidencia de la Comisión Informativa Permanente del Pleno de Reglamentos y Normas en don Diego de Aristegui Laborde.

Delegar la Presidencia de la Comisión Informativa Permanente del Pleno de Hacienda y Presupuestos en doña Isabel Pita Cañas.

Delegar la Presidencia de la Comisión Especial de Cuentas en doña Isabel Pita Cañas.

Delegar la Presidencia de la Comisión Informativa Permanente del Pleno de Urbanismo en doña Paloma Tejero Toledo.

Delegar la Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones en don Pablo Rivas Suárez.

Delegar la Presidencia de la Comisión Informativa Especial de Vigilancia de la Contratación en don Adolfo Andrés Moreno Fraile.

Contra la precedente resolución que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que se estime pertinente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Pozuelo de Alarcón, a 1 de julio de 2015.—La secretaria general del Pleno [resolución 16 de septiembre de 1999, “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999 y, disposición adicional quinta.a) de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre], Elvira M. C. García García.

(03/20.634/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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