Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2015

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150714-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HORCAJO DE LA SIERRA-AOSLOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Modificación de créditos

En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento, adoptado en fecha 30 de abril de 2015, del expediente número 1/2015, de modificación de créditos para concesión de créditos extraordinarios/suplementos de créditos, el cual se hace público con el siguiente detalle:



Financiación: en cuanto a la financiación del expediente, la misma se realiza con cargo a:

Con anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas.

Dichas formas de financiación corresponden al siguiente detalle:



Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

En Horcajo de la Sierra, a 1 de julio de 2015.—El alcalde, Raúl Andrés Martín.

(03/20.344/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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