Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150710-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1

79
Juicio verbal 13 de 2014

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos que a continuación se dirá, se ha dictado sentencia que es del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 24 de febrero de 2015.

Doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, vistos los autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad tramitados con el número 13 de 2014 y seguidos a instancias de “Interfunerarias, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Melchor Orduña y asistida de letrado, contra don Santiago Iglesias Sánchez, declarado en rebeldía.

Estimo la demanda interpuesta por el procurador señor Melchor Orduña, en nombre y representación de “Interfunerarias, Sociedad Limitada”, contra don Santiago Iglesias Sánchez, declaro haber lugar íntegramente a la misma y, en su virtud, condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 3.826,25 euros más los intereses legales desde la fecha de la demanda y con expresa condena en costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2429-0000-03-0013-14 de este órgano.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Santiago Iglesias Sánchez, para que sirva de cédula de notificación, expido y firmo la presente en Madrid, a 16 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.881/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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