Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
09-07-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150709-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

83
Ejecución 232 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 232 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abel Astupiña Balmaceda, don Antonio Manuel Marqués Dos Santos y doña María Piedad Martín Velasco, frente a “Pradisa Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Bienvenido Aragón Sanz contra providencia de fecha 10 de febrero de 2015, que se confirma en su integridad.

Notifíquese este auto a las partes.

Modo de impugnación: cabe interponer recurso de suplicación que deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, para lo que bastará la mera manifestación de la parte, de su abogado o de su representante al hacerle la notificación por comparecencia o por escrito de cualquiera de ellos. Siendo requisito necesario que en dicho plazo se nombre al letrado que ha de interponerlo. Igualmente, será requisito necesario que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso el resguardo acreditativo de haber depositado 300 euros en la cuenta corriente número 2513/0000/64/0232/13 que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pradisa Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.003/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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