Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2015

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150703-113

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

113
Estructuración del Ayuntamiento

Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia 832/2015, de 13 de junio, se ha procedido a la estructuración del Ayuntamiento de Torres de la Alameda y a los nombramientos de los tenientes de alcalde, cuyo tenor se da traslado:

“De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, y con la finalidad de conseguir una mayor eficacia en la gestión,

RESUELVO

Primero.—Estructurar el Ayuntamiento en las Concejalías que se mencionan a continuación, otorgando cada una de ellas a los concejales que igualmente se mencionan:

a) Alcaldía-Presidencia: don Carlos Sáez Gismero.

b) Concejalías de Seguridad Ciudadana, Urbanismo y Vivienda, Recursos Humanos, Deportes y Festejos: don Vicente Barón Escalona.

c) Concejalías de Servicios Sociales, Educación, Cultura, Gestión del Patrimonio, Atención al Ciudadano, Sugerencias y Reclamaciones y Padrón: doña Concepción Umbría Uceda.

d) Concejalías de Hacienda, Economía y Empleo: doña Alba Montejano Catalán.

e) Concejalías de Medio Ambiente y Vías Públicas: don Juan Vicente Gómez Navarro.

f) Concejalía de Participación Ciudadana, Juventud, Sanidad y Consumo: doña Patricia Carrasco Ropero.

Segundo.—Nombrar tenientes de alcalde a los concejales siguientes, pertenecientes a la Junta de Gobierno Local, a constituir por el Pleno de la Corporación:

— Primera teniente de alcalde: doña Concepción Umbría Uceda.

— Segundo teniente de alcalde: don Vicente Barón Escalona.

— Tercer teniente de alcalde: don Juan Vicente Gómez Navarro.

A los tenientes de alcalde, en cuanto tales corresponderá sustituir a esta Alcaldía en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.

Tercero.—Todas las Concejalías llevarán aparejada el ejercicio de dirigir y gestionar los servicios correspondientes, no pudiendo resolver mediante actos administrativos de ningún tipo.

Cuarto.—De la presente resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose, además, personalmente a los designados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la siguiente resolución”.

Asimismo, en el Pleno organizativo, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de junio de 2015, se ha dado cuenta del presente decreto.

En Torres de la Alameda, a 23 de junio de 2015.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.

(03/19.410/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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