Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2015

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150703-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

134
Juicio de faltas 570 de 2014

EDICTO

Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 570 de 2014, el magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés, ha acordado citar a don Daniel Hromei, a fin de que el día 9 de julio de 2015, a las once y diez horas, asista en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en plaza de la Comunidad de Madrid, número 5, segunda planta, de Leganés (Madrid), a la celebración del juicio de faltas número 570 de 2014, seguido por hurto, en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos) y que podrá acudir asistido de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndole de que de residir en este término municipal y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que en caso de residir fuera de este término podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Resumen de los hechos objeto de la denuncia:

— Hechos: hurto.

— Lugar: Leganés.

— Fecha: 18 de noviembre de 2014.

— Denunciante: “Zara”.

Y para que conste y sirva de citación a don Daniel Hromei, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Leganés, a 18 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.193/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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