Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
29-06-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150629-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

68
Procedimiento 832 de 2014

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que se ha dictado en las presentes actuaciones de solicitud de medidas de relaciones paterno-filiales, auto número 832 de 2014, seguido a instancias de doña Nancy Giovanna Santacruz Salinas, frente a don Héctor Patricio Parra Pillajo, parte demandada que se encuentra declarada en situación de rebeldía procesal por paradero desconocido, se ha dictado sentencia con fecha 20 de abril de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Desestimar la demanda de juicio verbal interpuesta por doña Nancy Giovanna Santacruz Salinas, representada por el procurador don José Jaime Llamazares Modino, contra don Héctor Patricio Parra Pillajo. Sin costas.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo exponer las alegaciones en que se basa, citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan, y siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en paradero desconocido, de la resolución que pone fin al presente procedimiento, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 27 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado.

(02/17.914/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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