Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150618-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

93
Procedimiento ordinario 1.298 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.298 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carolina Martínez Parra, frente a “Abac Asesoramiento Jurídico y Concursal, Sociedad Limitada Profesional”, y “Robestel, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 2 de febrero de 2015 en los términos siguientes:

«La administración concursal reconoce que la empresa “Robestel, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-81076184, adeuda a la trabajadora la cantidad de 11.498,09 euros brutos con el siguiente desglose:

Paga extra verano de 2012: 1.710,45 euros.

Paga de Navidad de 2012: 1.710,45 euros.

Nómina de junio de 2013: 1.710,45 euros.

Paga extra verano de 2013: 1.710,45 euros.

Nómina de julio de 2013: 1.710,45 euros.

Nómina de agosto de 2013: 1.710,45 euros.

Nómina de septiembre de 2013: 570,21 euros.

Prórrata de paga extra de diciembre de 2013: 665,18 euros.

Estas cantidades se abonarán a la trabajadora conforme a la Ley Concursal, para ello se emite en este acto el correspondiente certificado para presentar ante el Fondo de Garantía Salarial.

La trabajadora acepta.

Su señoría, la secretaria judicial, aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto, y procede a continuación a dictar el decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes, de lo que doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Robestel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.828/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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