Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150618-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

150
Procedimiento 214 de 2015

EDICTO

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña María Dolores Rodríguez Cadarso de la Peña, doña Cristina Bielza Lescure, doña Águeda Esther Rubio Valdeón, doña Alicia Vega García, doña Beatriz González Marfil, doña Beatriz Rodríguez Montero, doña Berta María Aroca Martín, doña Elena Recio Herencia, doña María Eva Guerra González, doña Jennifer Pamela Ayala Vera, doña Jessica Mercedes Tovar Estrada, doña Jimena González Martín, doña Margarita Manzanares López, doña María Ángeles Moreno Vizoso, doña María Ángeles Ramírez Pérez, doña María Antonia Martín López, doña María Araceli Castillo García, doña María Jesús Serrano de la Torredoña, María Luisa Rubio Valdeón, doña María del Mar Blanco Écija, doña María del Mar Herrero Duque, doña María Paloma Díaz Conde, doña María del Rosario Sánchez Agoiz, doña María Soledad Orozco Duque, doña María Teresa Cano Utiel, doña Natalia Santos Bermejo, doña Sonia Martín Trías, doña Verónica Alonso Navarro, doña Virginia Bollón Botello, doña María del Pilar García Hernández y doña Yurema López Gallego, contra “Servicios de Intermediación Financiera y Cobros, Sociedad Limitada”, en materia de despido y cantidad, registrado con el número 214 de 2015, se ha acordado citar a “Servicios de Intermediación Financiera y Cobros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 14 de septiembre de 2015, a las diez y cincuenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 22, sito en calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Servicios de Intermediación Financiera y Cobros, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 29 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.676/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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