Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150617-182

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

182
Ejecución 61 de 2015

EDICTO

Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 61 de 2015, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Francisco Javier Rodríguez Prieto y don Rafael Rodríguez Prieto, contra “Montajes 2020, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 15 de mayo de 2015 se ha dictado decreto, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Decreto número 468 de 2015

Secretario judicial, don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles.—En Sevilla, a 15 de mayo de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Montajes 2020, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia por importe de 11.151,92 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Hágase entrega de lo testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, sucursal de la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020/0000/64/0061/15, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “31 Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander”, número IBAN ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 (en formato papel), indicando el “Beneficiario” Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en “Concepto” se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los dieciséis dígitos (antes expresados) de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “31 Social-Revisión”.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su cofidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Y para que sirva de notificación en forma a “Montajes 2020, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla, a 15 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.612/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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