Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150604-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

44
Procedimiento 648 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 648 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rocío López-Herrera, frente a “Servicio de Reposición de Minibares en Hoteles, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por doña Rocío López-Herrera, frente a “Servicio de Reposición de Minibares en Hoteles, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido de la demandante de fecha 30 de abril de 2014 y, al ser imposible la opción por la readmisión de aquella, declaro extinguida la relación laboral y condeno a la empresa demandada a abonarle en concepto de indemnización la suma de 3.146,32 euros.

Asimismo, condeno a la empresa a abonar a la actora la liquidación devengada en la fecha del despido por importe neto de 68,49 euros, más el 10 por 100 de interés anual por mora en el pago desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en la Secretaría de este Juzgado dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación, y que deberán acreditar el ingreso de la correspondiente tasa al momento de interponerlo, salvo que gocen del beneficio de justicia gratuita.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicio de Reposición de Minibares en Hoteles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.456/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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