Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150528-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 19

84
Procedimiento ordinario 896 de 2013

EDICTO

En el juicio de procedimiento ordinario número 896 de 2013, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 26 de 2015

En Madrid, a 6 de febrero de 2015.—Vistos por doña María Isabel Ferrer-Sama Pérez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 19 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 896 de 2013, promovidos por el procurador don Fernando Anaya García, en nombre y representación de “Ald Automotive, Sociedad Anónima Unipersonal”, asistida por la letrada doña Almudena Álvarez Martínez, contra don Daniel Campos Redondo, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Se estima la demanda formulada por el procurador don Fernando Anaya García, en nombre y representación de “Ald Automotive, Sociedad Anónima Unipersonal”, condenando a don Daniel Campos Redondo, en rebeldía, a abonar la cantidad de 17.908,68 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, y al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la ilustrísima Audiencia Provincial conforme a los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 896 de 2013, por no ser conocido el domicilio de la parte demandada don Daniel Campos Redondo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se publica el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la diligencia de notificación de la anterior sentencia.

En Madrid, a 12 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.057/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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