Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
25-05-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150525-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

94
Procedimiento 1.150 de 2014

EDICTO

Que en este Juzgado y con el número 1.150 de 2014 se siguen autos de divorcio contencioso, a instancias de don Juan Orejudo Valero, representado por la procuradora de los tribunales doña María del Carmen Cardona, contra doña Alida Morales Rodríguez, declarada en rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 107 de 2015

En Madrid, a 19 de febrero de 2015.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 1.150 de 2014, sobre divorcio, a instancias de don Juan Orejudo Valero, representado por la procuradora doña María del Carmen Giménez Cardona, contra doña Alida Morales Rodríguez, declarada en rebeldía procesal, en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña María del Carmen Giménez Cardona, en nombre y representación de don Juan Orejudo Valero, contra doña Alida Morales Rodríguez, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días y previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de la reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada doña Alida Morales Rodríguez, en paradero desconocido, expido y firmo el presente en Madrid, a 19 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/2.807/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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