Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150522-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

193
Ejecución 10 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 10 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Washington Stockle Poblete, frente a “Cibeles Servicios Integral, Sociedad Limitada”, y “Comunidad de Cesionarios del Aparcamiento para Residentes Canal”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 20 de abril de 2015, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Decreto

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.526,36 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Cibeles Servicios Integral, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega, previa petición, de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial. Con el objeto de acelerar la tramitación, la parte puede aportar copias de aquellos documentos cuyo testimonio interese.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2521/0000/64/0010/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cibeles Servicios Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.546/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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