Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
11-05-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150511-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

62
Modificación Puntual Plan Parcial

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de marzo de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

“1. Aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 101. Dicho acuerdo, así como la ordenanza que se modifica, deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 66 de la Ley del Suelo) con indicación de haberse procedido previamente al depósito de la correspondiente Modificación del Plan Parcial en el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Dada la existencia de varias modificaciones del Plan Parcial del Sector 101, se considera necesaria la elaboración de un documento de refundición que refleje tanto las nuevas determinaciones como las que quedan en vigor.

2. Remitir el presente acuerdo a la Concejalía de Urbanismo para su tramitación”.

Asimismo, se procede a la publicación de las ordenanzas de la Modificación del Plan Parcial:

Clave R1. Residencial intensiva

Art. 3.25. Uso característico y usos secundarios.—1. Tendrán la consideración de uso principal o característico las actividades definidas en el artículo 5.4.1 del capítulo 4, título V, de las Normas Urbanísticas del Plan General, con las especificaciones establecidas para los grupos I y II en el artículo 5.4.2 de las mismas.

2. Se consideran usos secundarios o compatibles con el principal las actividades que a continuación se relacionan no pudiendo superar, en su conjunto, el 25 por 100 de la superficie edificable total que corresponda a la parcela.

3. Actividades y usos en la situación (título V, capítulo 2, epígrafe 3, de las Normas Urbanísticas del Plan General) que se especifican a continuación:

a) Automóvil. Grupos I y III, situación C.

b) Oficinas. Grupo I, en planta baja.

Grupo II, solamente aneja a la vivienda.

c) Comercial. Grupos I y II en situación C.

d) Sanitario. Asistencial, grupo II.

e) Deportivo. Grupo I, únicamente en espacio descubierto.

f) Educativo. Grupos I, II y IV, guarderías infantiles, en situación B.

g) Hostelero. Grupo II. Cafés y restaurantes sin espectáculos, en situación B.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido el 16 de abril de 2015 un ejemplar de la Modificación Puntual del Plan Parcial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Alcalá de Henares, a 17 de abril de 2015.—El secretario general (firmado).

(03/13.375/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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