Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
05-05-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150505-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

181
Ejecución 153 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 153 de 2014 (autos número 1.191 de 2013), de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alena Gorounova frente a “Explotaciones Colevin, Sociedad Limitada”, se ha dictado en fecha 6 de abril de 2015, decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 7.159 euros de principal; de intereses y euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado “Explotaciones Colevin, Sociedad Limitada”, con CIF B-85555399, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Asimismo, hágase entrega de testimonio de esta resolución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” número 4684/0000/64/0153/14.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Mercedes Llopis Lucas.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Explotaciones Colevin, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.803/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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