Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
15-04-2015

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150415-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

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Solicitud juez de paz sustituto

Por la presente, se pone en conocimiento que mediante bando de la Alcaldía de 16 de marzo de 2015, de conformidad con lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, Reguladora del Poder Judicial (en adelante LOPJ), así como conforme a lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se convoca a los vecinos de Las Rozas de Madrid que pudieran estar interesados en ocupar el puesto de juez de paz sustituto para que, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, presenten en la Secretaría del Ayuntamiento la correspondiente solicitud dirigida al Pleno, que deberá acompañarse de los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

2. Declaración responsable en la que se hagan constar los siguientes extremos:

a) Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

b) Que no está impedido física o psíquicamente para la función judicial.

c) Que durante el desempeño de sus funciones va a residir en esta localidad.

d) Que no está incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad de las previstas en el artículo 389 de la LOPJ para los miembros de la carrera judicial, a excepción del desempeño de actividades profesionales o mercantiles.

3. Currículum vítae.

4. Certificado negativo de antecedentes penales.

5. Informe responsable sobre afiliación o no a algún partido político o sindicato, o sobre si actualmente trabaja para algún partido político o sindicato, o ejerce como abogado o procurador, o si sirve como funcionario o empleado de alguna Administración Pública (según el modelo propuesto por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid).

Nota: tanto el escrito de solicitud como el informe y la declaración responsable que deben acompañarse podrán descargarse de la página web municipal o bien recogerse en el Registro de la Casa Consistorial durante el horario de atención al público.

Dentro del presente procedimiento se observarán las siguientes reglas:

1. Ante las dudas que se susciten, por la Alcaldía de este Ayuntamiento se podrá requerir la presentación de la documentación que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.

2. Todo vecino interesado podrá consultar el expediente en la Secretaría del Ayuntamiento, y ser informado de las condiciones precisas para ostentar el cargo, en concreto sobre las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden el desempeño del mismo.

3. En caso de no presentarse solicitud alguna, el Pleno de la Corporación elegirá libremente al candidato para ocupar este cargo, elevando el acuerdo correspondiente a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para su nombramiento.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Las Rozas de Madrid, a 24 de marzo de 2015.—El concejal-delegado de Hacienda y Régimen Interior (por delegación de la Alcaldía en virtud de la resolución de 7 de junio de 2013, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2013), José Luis Álvarez de Francisco.

(03/10.114/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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