Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150408-227

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1

227
Ejecución 185 de 2014-N

EDICTO

En méritos de lo acordado en la ejecutoria número 185 de 2014-N seguida en este Juzgado de lo social número 1 de Reus, a instancias de don Fernando Antonio Álvarez Robaina, contra “COS Seguridad, Sociedad Limitada”, por el presente se notifica a la entidad ejecutada “COS Seguridad, Sociedad Limitada”, en atención a su domicilio desconocido, el decreto dictado en fecha 9 de marzo de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Estese a la declaración de insolvencia dictada en fecha 20 de febrero de 2015 en relación a la ejecutada “COS Seguridad, Sociedad Limitada”, si bien el importe quedará fijado en la suma de 34.563,44 euros.

Acuerdo librar mandamiento de pago número Q-2089069 a favor de don Fernando Antonio Álvarez Robaina en concepto de a cuenta de principal; déjese copia de dicho mandamiento en las actuaciones. Hágase saber a la parte que el mandamiento de pago está a su disposición en este Juzgado, que caduca a los tres meses de su expedición, y que en caso de caducidad no le será entregado nuevo mandamiento si no justifica el motivo de no haberlo cobrado.

Una vez verificado devuélvanse los autos al archivo.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoles que contra esta resolución cabe recurso de reposición a presentar dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo mando y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a la parte ejecutada “COS Seguridad, Sociedad Limitada”, expido el presente en Reus, a 9 de marzo de 2015 de 2014.—El secretario judicial, Fernando Pecino Robles.

(03/8.267/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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