Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150402-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GIRONA NÚMERO 1

46
Ejecutorias 742 de 2014-A

EDICTO

Mediante este edicto dictado de acuerdo con lo ordenado en el proceso de ejecución número 742 de 2014-A instruido por este Servicio Común Procesal de Ejecución, a instancias de doña Fabiana Hilda Caligoli y doña María José Velasco Molina, contra “Elmasán CRT, Sociedad Limitada”, “Studios Middelburg, Sociedad Anónima”, y don Diego Miguel Isaac García González, se notifica a “Studios Middelburg, Sociedad Anónima”, don Diego Miguel Isaac García González y “Elmasán CRT, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), las resoluciones dictadas en este proceso, cuyas partes dispositivas dicen literalmente:

Decreto

Dispongo la acumulación de las ejecuciones números 742 y 1.029 de 2014 contra los deudores comunes “Elmasán CRT, Sociedad Limitada”, “Studios Middelburg, Sociedad Anónima”, y don Diego Miguel Isaac García González.

Fijo como principal total objeto de ejecución la suma de 34.604,93 euros, más la cantidad de 3.576,77 euros correspondiente a las costas provisionales y la cantidad de 3.576,77 euros correspondiente a intereses provisionales.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Hágase saber que no es firme.

Para impugnar esta resolución hay que presentar un recurso de reposición delante de este órgano en el plazo de tres días hábiles en contar desde el siguiente al de la notificación, en el cual se tiene que expresar la infracción en que la resolución haya incurrido a criterio del recurrente.

Decreto

Declaro a la parte ejecutada “Elmasán CRT, Sociedad Limitada”, “Studios Middelburg, Sociedad Anónima”, y don Diego Miguel Isaac García González en situación de insolvencia legal por un importe de 34.408,73 euros.

Rectifíquese el decreto de fecha 19 de enero de 2015 en su parte dispositiva, donde dirá: “Fijo como principal total objeto de ejecución la suma de 34.408,73 euros, más...”.

Esta resolución no es firme.

Para impugnar esta resolución hay que presentar un recurso de revisión sin efecto suspensivo ante el tribunal que tenga que dictar el orden general de ejecución (artículo 188.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) en el plazo de tres días hábiles en contar desde el siguiente al de la notificación.

Al escrito de recurso se tiene que adjuntar el justificante de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este servicio número 1670/0000/64/0742/14 en el “Banco Santander”.

Si se realizan dos ingresos simultáneos, es obligatorio efectuar dos operaciones diferentes de imposición.

Están exentos de la obligación de constituir este depósito el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y sus organismos autónomos dependientes, así como quienes tengan condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y quienes tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita.

Los ingresos por transferencia se deben hacer en la cuenta bancaria número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 del “Banco Santander”, y en el campo “Observaciones” es preciso consignar la “Cuenta de consignaciones” anteriormente mencionada.

Se hace público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las comunicaciones siguientes se harán en los estrados, excepto los autos, sentencias o emplazamientos.

En Girona, a 23 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.954/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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