Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150401-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

63
Modificación Plan Especial calle San Bernardo

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Planeamiento Departamento de Coordinación Técnica

Expediente número 711/2014/21585.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de febrero de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, la modificación del Plan Especial de definición y asignación pormenorizada de usos dotacionales para la parcela municipal situada en la calle de San Bernardo, número 68, con vuelta a la calle de La Palma, número 48, Distrito de Centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica la Normativa Urbanística (ordenanzas):

NORMATIVA

Artículo único. La superficie total construida del edificio anteriormente existente era de 5.562,84 metros cuadrados, equivalentes a una edificabilidad computable de 5.297 metros cuadrados

Las características y condiciones particulares de la edificación están reguladas por los siguientes parámetros:

— Superficie de parcela: 815,84 metros cuadrados.

— Ocupación máxima S/R: 80 por 100 (se admite ocupación del 100 por 100 en planta baja y planta primera)

— Ocupación máxima B/R: 100 por 100.

— Número máximo de alturas: seis plantas.

— Número máximo de sótanos: cuatro plantas.

— Edificabilidad máxima: 5.297 metros cuadrados.

— Resto de condiciones: Norma Zonal 1, 5.o.

En cumplimiento del dictamen de la CLPH (sesión 28.11.14), el titular de la licencia deberá solicitar a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y artículos 4.2.8 a 4.2.14 del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, la preceptiva autorización, a fin de determinar las prospecciones y, en su caso, excavaciones arqueológicas, previa solicitud de hoja informativa.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido, con fecha 4 de marzo de 2015, un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 46.1 de la Ley de 13 de julio de 1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 13 de marzo de 2015.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/9.068/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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