Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150320-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

44
Impuesto sobre bienes inmuebles 2015

Habiéndose aprobado mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia 242/2015, de 26 de febrero, los padrones fiscales provisionales correspondientes al ejercicio 2015 de la siguiente exacción municipal:

— Padrón impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Se fija el plazo comprendido entre el 18 de mayo y el 31 de julio de 2015, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Este padrón permanecerá expuesto al público en el Departamento de Recaudación durante el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de examen y reclamaciones, según el artículo 66.5 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

El pago se podrá efectuar, previa presentación del tríptico correspondiente, en las oficinas de las siguientes entidades colaboradoras: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Popular”, “Banco Santander Central Hispano”, “Bankia”, “Caixa Pensión de Barcelona”, y “Caja de Ahorros Zaragoza, Aragón y Rioja”.

Transcurrido este plazo sin hacerse efectivas las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con el artículo 28 de la Ley General Tributaria.

En Algete, a 26 de febrero de 2015.—El alcalde-presidente, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(02/1.279/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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