Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150318-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44

115
Procedimiento verbal 932 de 2014

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 932 de 2014, por no ser conocido el domicilio de los ocupantes de ignorada identidad de la carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13, piso bajo, por resolución de fecha 25 de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 18 de diciembre de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 271 de 2014

Doña María José Lorena Ochoa Vizcaíno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid, ha visto los presentes autos número 932 de 2014, sobre desahucio por precario, promovidos por la procuradora de los tribunales doña Gloria Rincón Mayoral, en nombre y representación de la entidad “Administrador de Infraestructuras Ferroviarias” (ADIF), contra don Abdelhak Serrokh, representado por la procuradora doña Amalia Josefa Delgado Cid, y demás ocupantes desconocidos, declarados en rebeldía en estos autos.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Gloria Rincón Mayoral, en nombre y representación de la entidad “Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), contra don Abdelhak Serrokh, representado por la procuradora doña Amalia Josefa Delgado Cid, y demás ocupantes desconocidos, y en consecuencia, debo declarar haber lugar al desahucio de los mismos respecto del inmueble sito en la carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13 (M-607), piso bajo, de Madrid (antiguo apeadero Diputación), condenando a la parte demandada a dejarlo libre, vacuo y a disposición de la actora, con apercibimiento de lanzamiento de no verificarlo antes de las nueve y treinta horas del día 24 de febrero de 2015, condenando a la parte demandada al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a los ocupantes de ignorada identidad de la carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13, piso bajo, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 25 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.370/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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