Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
16-03-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150316-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

148
Procedimiento ordinario 989 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 989 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lesvi Liliana López López, frente a don José Luis Extremo Trinidad, “Distintivo de Calidad 2010, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Instalaciones de Tendidos Telefónicos, Sociedad Anónima”, “Telefónica, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Telefónica, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Procede estimar y estimo en parte la demanda interpuesta por doña Lesvi Liliana López López, frente a “Distintivo de Calidad 2010, Sociedad Limitada”, “Instalaciones de Tendidos Telefónicos, Sociedad Anónima”, “Telefónica, Sociedad Anónima”, y don José Luis Extremo Trinidad, en su condición de administrador concursal de la demandada “Distintivo de Calidad 2010, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a “Distintivo de Calidad 2010, Sociedad Limitada”, a abonar a la demandante la suma de 2.303,57 euros; condenando a don José Luis Extremo Trinidad, en su condición de administrador concursal de la demandada “Distintivo de Calidad 2010, Sociedad Limitada”, a pasar por esta declaración. Debo absolver y absuelvo a “Tendidos Eléctricos, Sociedad Anónima”, y “Telefónica de España, Sociedad Anónima”, de los pedimentos de la demanda. Debo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Juan Antonio Rivero Roldán, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.603/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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