Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2015

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150313-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 7

79
Juicio de faltas 798 de 2014

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 798 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 6 de junio de 2014.—La ilustrísima señora doña Susana Trujillano Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid, habiendo visto y oído los autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado al número 798 de 2014, contra don José Manuel Torrecilla Fernández, por falta de hurto.

Que debo condenar y condeno a don José Miguel Torrecilla Fernández, como responsable en concepto de autor de una falta de hurto intentada, ya definida, a la pena de multa de treinta días, según cuota diaria de 5 euros, esto es, multa de 150 euros; con la responsabilidad personal prevista en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago (un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas), así como al abono de las costas de este juicio.

Se acuerda la entrega definitiva de los efectos recuperados a “El Corte Inglés”.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación (artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Manuel Torrecilla Fernández, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 16 de febrero de 2015.—El secretario (firmado).

(03/5.597/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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