Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2015

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150306-48

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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RESOLUCIÓN 221/2015, de 29 de enero, de la Dirección General de Servicios Sociales, por la que se procede a la publicación de la Resolución 3614/2014, de 22 de octubre, de denegación al reconocimiento del derecho a la ayuda individual.

La Dirección General de Servicios Sociales ha dictado Resolución 3614/2014, de 22 de octubre, que se relaciona en el Anexo Único. La notificación a los interesados se ha intentado en dos ocasiones, conforme la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar indicación de dicha resolución, por entender que la publicación íntegra podría lesionar derechos e intereses legítimos.

Se pone en conocimiento de los interesados que la citada notificación se encuentra a su disposición en las dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales (Consejería de Asuntos Sociales), en la calle O’Donnell, número 50, primera planta, 28009 (Madrid), de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Asimismo, se informa a los interesados de que también se ha procedido a la remisión de dicha indicación al tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

ANEXO ÚNICO

Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales 3614/2014, de 22 de octubre, de denegación al reconocimiento del derecho a la ayuda individual solicitada por los interesados que se relacionan a continuación:

Número de expediente. — Solicitante. — DNI

08-AY-0074.3/2014. — Iván Tamargo Romero. — 51482047-C.

08-AY-0148.4/2014. — Esperanza Lombao Legaspi. — 33805011-W.

08-AY-0174.6/2014. — Antonio García Sandoval. — 02834990-X.

08-AY-0250.1/2014. — Aurora Monreal Pérez. — 02204730-L.

08-AY-0271.6/2014. — Maydelin Kiara Sarango Vásquez. — 2727773-L.

08-AY-0310.5/2014. — Raúl Pérez Pérez. — 09367004-R.

08-AY-0428.0/2014. — Mariana Torralbo Jiménez. — 51511145-T.

08-AY-0458.6/2014. — Eufemia Morencos Jodra. — 01570806-K.

08-AY-0462.2/2014. — Rosa María Martín Fernández. — 07252113-Y.

08-AY-0480.4/2014. — José Luis Silvela Suárez. — 01616441-R.

08-AY-0503.3/2014. — Gustavo Sánchez González. — 51553122-W.

08-AY-0530.6/2014. — Ana María Ugarte Ochoa. — 02173574-M.

08-AY-0146.2/2014. — José Serrano Parrilla. — 50793716-X.

08-AY-0172.4/2014. — Carlos Ruperto Angulo Ayala. — 53800781-D.

08-AY-0173.5/2014. — Roque Julio Campos García. — 54285391-D.

08-AY-0290.0/2014. — Siro Fernández Hernández. — 53658482-B.

08-AY-0357.2/2014. — Concepción Domingo Puerta. — 00672826-F.

08-AY-0397.1/2014. — Ricardo Madana Nach. — 02646217-N.

08-AY-0434.7/2014. — Alfredo Sanz Hidalgo. — 54193939-M.

08-AY-0440.5/2014. — Tito Leonardo Cisneros Vilamagna. — 51713496-C.

08-AY-0444.0/2014. — Fátima Benomar. — 02137717-L.

08-AY-0446.2/2014. — Hihai Rusu. — 09559668-V.

08-AY-0527.2/2014. — Santiago Astorino de Bedmar. — 02723074-N.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno para la mejor defensa de sus derechos.

Madrid, a 29 de enero de 2015.—La Directora General de Servicios Sociales, María Carmen Pérez Anchuela.

(03/5.938/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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