Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2015

Sección 1.2.100.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150226-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MADRILEÑO DE LA FAMILIA Y EL MENOR

9
RESOLUCIÓN 145/2015, de 27 de enero, del Director-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución 3089/2014, de 22 de octubre, por la que se declara deudor de la Comunidad de Madrid al trabajador don Juan Carlos Ruiz Párraga.

El Director-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor ha dictado la Resolución de referencia por la que se declara deudor de la Comunidad de Madrid al trabajador don Juan Carlos Ruiz Párraga. La notificación al interesado se ha intentado, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.i

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución 3089/2014, de 22 de octubre, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

ANEXO

Con fecha 9 de junio de 2014, don Juan Carlos Ruiz Párraga, con NIF 07218339-L, y el Instituto Madrileño de la Familia y el Menor suscribieron un contrato de interinidad para sustitución de trabajador en situación de incapacidad temporal. La finalización del contrato se produjo el día 13 de junio de 2014, por la incorporación del trabajador sustituido.

Al no haber sido posible incorporar el fin de contrato a nómina antes del cierre de junio de 2014, se ha producido una liquidación negativa en el mes siguiente por un importe de 756,66 euros, cantidad líquida a reintegrar, ya que incluye tanto los descuentos por abonos indebidos como la regularización de los descuentos de cuota obrera, como el abono de la liquidación de pagas extraordinarias de acuerdo con la duración del contrato.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de reintegro de las cantidades satisfechas indebidamente en nómina por el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio de 2001), y en uso de las atribuciones conferidas a este órgano administrativo por el artículo 7.8 en relación con el artículo 5.a).3 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, sobre competencias en materia de personal, y vista la propuesta de la Subdirección General de Personal, el Director-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor acordó mediante Resolución 1754/2014, de 23 de julio de 2014, el inicio del expediente administrativo de reintegro de la cantidad líquida de 756,66 euros, indebidamente percibida en la nómina del mes de junio de 2014, por don Juan Carlos Ruiz Párraga, con NIF 07218339-L, abriéndose un plazo de trámite de audiencia de diez días, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación del acuerdo, para que el interesado pudiera realizar las alegaciones y aportar la documentación que considerase oportuna ante este Órgano Administrativo, haciéndose indicación, según establece el artículo 4.2 de la citada Orden, que durante este período sería posible la cancelación de la deuda.

Dicha Resolución fue notificada al interesado con fecha 31 de julio de 2014, sin que el interesado haya realizado alegaciones ni haya procedido al reintegro de la cantidad reseñada en el plazo de audiencia.

Por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la citada Orden, y en uso de las atribuciones conferidas a este órgano administrativo por el artículo 7.8, en relación con el artículo 5.a).3 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, sobre competencias en materia de personal,

RESUELVO

Primero

Poner fin al expediente de reintegro de la cantidad líquida de 756,66 euros, indebidamente percibida en la nómina del mes de junio de 2014, por don Juan Carlos Ruiz Párraga, con NIF 07218339-L.

Segundo

Determinar la procedencia del reintegro.

Tercero

Declarar a Juan Carlos Ruiz Párraga, con NIF 07218339-L, deudor de la Comunidad de Madrid por el importe señalado en el punto primero.

Cuarto

Abrir un período de pago voluntario que a tenor de lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se deberá realizar:

a) Las notificadas entre el 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Para poder hacer efectivo el pago reflejado en el apartado primero durante el período de pago voluntario, se le facilitará en la Subdirección General de Personal del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, el impreso normalizado de la Dirección General de Tributos, modelo 039, para que pueda realizar el ingreso en la cuenta abierta al efecto.

Quinto

Apercibir al interesado de que, vencido el período de pago voluntario y una vez comprobado que no se vaya a hacer efectivo el pago integrado de la deuda, se remitirá a la Dirección General de Tributos certificación de descubierto para que proceda a la recaudación en período ejecutivo mediante el procedimiento administrativo de apremio sobre el patrimonio del deudor.

Contra la presente Resolución cabe interponer, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, en relación a los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Reclamación Previa a la Vía Jurisdiccional Laboral, ante el Director-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor.

En Madrid, a 27 de enero de 2015.—El Director-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, Miguel Ángel Jiménez Pérez.

(03/4.711/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.100.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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