Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150225-232

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

232
Ejecución 155 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 155 de 2014 (autos número 341 de 2012) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva María Martínez Herrero, frente a don Ángel Caparrós González, don Honorio Caparrós Valenzuela, doña María Caparrós Parejo, doña Sara Caparrós Parejo, “Texmo, Comunidad de Bienes”, y “Zepelín 92, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 9 de octubre de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Finca en Madrid, Sección Segunda, número 24.642, IDUFIR 28095000491473, urbana número 11.—Designada con la letra A, está situada en la planta tercera de la casa uno del bloque E en la calle Antonio Cumella, número 23, de Vicálvaro, inscrita en el tomo 1.127.764M, libro 2.192, folio 511, alta 43-3.

Inmueble propiedad de don Honorio Caparrós Valenzuela, con carácter ganancial, para responder de la cantidad de 17.784,78 euros provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de doña Eva María Martínez herrero, contra doña Sara Caparrós Parejo, doña María Caparrós Parejo, don Ángel Caparrós González, don Honorio Caparrós Valenzuela, “Texmo, Comunidad de Bienes”, y “Zepelín 92, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

d) Notifíquese al cónyuge doña Remedios González Talavera el embargo acordado a los efectos oportunos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Remedios González Talavera, “Texmo, Comunidad de Bienes”, y “Zepelín 92, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.386/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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