Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150225-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

145
Procedimiento ordinario 327 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 327 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lorenzo Sánchez Ruiz, frente a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, y “Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 4 de diciembre de 2014 en los términos siguientes:

Con carácter previo la parte actora desiste de su demanda frente a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”.

“Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, ofrece al trabajador abonar los conceptos y cuantías salariales contemplados en la demanda ascendentes a 1.538 euros que se abonarán mediante transferencia bancaria con número ES13/0075/0322/80/0600480098, con fecha 9 de diciembre de 2014.

El trabajador acepta, dándose por saldado y finiquitado sin tener nada más que reclamar por ningún concepto.

“Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, se reserva el derecho de repetición contra “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, al ser la responsabilidad solidaria.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2515/0000/60/0327/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.419/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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