Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150225-79

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

79
Ejecución 9 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 9 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa Inés de Oliveira Da Silva, frente a “Gargallo Publicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 28 de enero de 2015, cuya parte dispositiva literalmente dice:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen a continuación, como propiedad de “Gargallo Publicaciones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82908583 y domicilio social en la calle Polo Norte, número 17, Sector 8, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid), para responder de un principal de 62.421,39 euros, 3.942,38 euros de intereses provisionales y 6.570,64 euros de costas provisionalmente calculados en este procedimiento, seguido a instancias de doña Rosa Inés de Oliveira Da Silva, con documento nacional de identidad número 53823365-F, contra “Gargallo Publicaciones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82908583, que se describen a continuación:

1. Finca urbana número 63.196, cuatro, parcela B-04 con fachada a las calles C, hoy calle Meridiano, número 24, y Polo Norte, número 17.—Parcela de terreno situada en el término municipal de Torrejón de Ardoz incluida en el denominado Sector 8 del Plan General de Ordenación Urbana, procedente de la parcela denominada PA-B en el Proyecto de Compensación, en la zona de industria adosada, con referencia catastral 9381109VK5798S0001RG, y número IDUFIR 28132000662141, cuya titularidad corresponde al 100 por 100 en pleno dominio a “Gargallo Publicaciones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82908583, adquirida por compraventa formalizada en escritura pública con fecha 30 de julio de 2004, autorizada en Madrid por el notario don Luis Rueda Esteban, con número de protocolo 3.617.

Esta finca se forma por división material de la registral número 63.142, obrante al folio 149 del tomo 3.820, libro 1.045 de Torrejón de Ardoz, inscripción primera.

Consta inscrita en el tomo 3.820, libro 1.045, folio 223, alta 6.

2. Finca en Torrejón de Ardoz número 59.004/192.—Urbana número 1/192, plaza de aparcamiento con trastero incorporado, número 192, en la manzana comprendida entre las calles Venus, Poseidón, del Río y Zeus, a cuyo uso exclusivo da derecho una 198 ava parte indivisa de la registral número 59.004, obrante al folio 204 del tomo 3.685 del archivo general, libro 914 de Torrejón de Ardoz, cuya titularidad corresponde al 100 por 100 en pleno dominio a “Gargallo Publicaciones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82908583, adquirida por compraventa formalizada en escritura pública con fecha 29 de junio de 2007, autorizada en Madrid por el notario don Miguel Ruiz-Gallardón García-Rasilla, con número de protocolo 5.018, inscrita en el tomo 3.724, libro 949, folio 131, alta 2.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gargallo Publicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.381/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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