Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150216-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

136
Procedimiento ordinario 535 de 2014

EDICTO

Doña Marta Real Sainz-Rozas, secretaria judicial de Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 535 de 2014, y en el día de la fecha, se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Soledad Castañeda González, en nombre y representación de doña María Teresa Fernández Fernández y don Rafael Palacios Camacho, defendidos por la letrada señora Álvarez Villamartín, contra “Inmobiliaria Noloma, Sociedad Anónima”, en rebeldía en los presentes autos, y se declara el derecho de los demandantes a elevar a escritura pública el contrato de compraventa de la vivienda situada en la calle Alfonso Zamora, número 2, tercero C, de Alcalá de Henares (Madrid), y se condena a estar y pasar por estas declaraciones a la parte demandada.

Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Adviértase a las partes de que no se admitirá a trámite el recurso sí no se acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En la misma fecha, yo la secretaria judicial, doy fe de su publicación.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Inmobiliaria Noloma, Sociedad Anónima”, la sentencia dictada, bajo los apercibimientos a que hubiere lugar en derecho.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/8.036/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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