Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150212-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

78
Procedimiento 1.095 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.095 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Guillermo García Mayoral, frente a “Roal-Bertto’s, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 533 de 2014

En Madrid, a 17 de diciembre de 2014.—Doña Patricia Navas Catalá, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 1 de Madrid, ha visto los presentes autos de reclamación de cantidad número 1.095 de 2014, promovidos a instancias de don Guillermo García Mayoral, defendido por la letrada doña Patricia Domínguez Martín, contra la empresa “Roal-Bertto’s, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Guillermo García Mayoral, contra “Roal-Bertto’s, Sociedad Limitada”, condenando a la parte demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 3.750 euros netos, más el interés por mora del 10 por 100.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme y cabe contra ella recurso de suplicación (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, que deberá ser anunciado, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación en el modo y forma previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (artículo 194 y 196).

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en la primera instancia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Roal-Bertto’s, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.119/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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