Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150210-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3

153
Procedimiento 275 de 2014

EDICTO

Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 275 de 2014, a instancias de la parte actora don Francisco Javier Caballero Rivas, contra “Comercialización de Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha 24 de noviembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Embargar los siguientes bienes como propiedad de la ejecutada “Comercialización de Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 758,45 euros en concepto de principal, más 160 euros calculados para gastos, intereses y costas:

Los saldos en cuentas corrientes, a plazo de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general o cualesquiera otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que la ejecutada“Comercialización de Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, pueda tener en las entidades bancarias “Caja Rural de Castilla-La Mancha”, “Banco de Sabadell”, “Caixabank”, “Banco de Castilla-La Mancha”, “Banco Caja España Inversiones, Salamanca y Soria, Sociedad Anónima”, “Unicaja Banco”, “Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca” y “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” hasta cubrir la suma de 758,45 euros en concepto de principal, más 160 euros calculados para gastos, intereses y costas.

A tal efecto, líbrese oficio a dichas entidades, debiendo proceder a dicha retención y puesta a disposición, transfiriendo dicho importe a la cuenta número 1932/0000/64/0275/14 de “Banesto”, oficina principal sita en la calle Marina, número 2, de Huelva, aun cuando en el momento de recibir dicho oficio no existiese cantidad alguna disponible si con posterioridad a ello existiesen saldos o productos bancarios realizables, en el caso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones se les aplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de este Juzgado número 1932/0000/30/0275/14, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Comercialización de Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 24 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.731/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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