Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150210-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 9

145
Ejecución 114 de 2012

EDICTO

Doña María Luisa Linaza Vicandi, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos de pieza de ejecución número 114 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Ana Isabel Pastor Andrés, contra “Adicional Logistics España” e “Iberlink, Sociedad Anónima”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña María Luisa Linaza Vicandi.—En Bilbao (Bizkaia), a 24 de noviembre de 2014.

Por recibida la precedente certificación registral del Registro de la Propiedad número 4 de Sevilla, únase a los autos de su razón.

Parte dispositiva:

Se declaran embargados, a resultas de la presente ejecución, los siguientes bienes propiedad de la ejecutada “Iberlink, Sociedad Anónima”, en la medida en que resulten suficientes para cubrir las cantidades por las que se ha despachado la ejecución y que ascienden a 31.533,86 euros de principal y 6.306,77 euros para intereses y costas:

1. Finca registral número 41031000447769, al tomo 3.428, libro 933, folio 49, alta 1.

2. Finca registral número 41031000447776, al tomo 3.428, libro 933, folio 52, alta 1.

Para asegurar la traba, practíquese anotación preventiva del embargo en el Registro de la Propiedad número 4 de Sevilla.

A tal efecto, líbrese mandamiento por duplicado al señor registrador para que practique la anotación acordada y expida certificación de haberlo hecho de la titularidad de los bienes y de sus cargas y gravámenes, interesándole al mismo tiempo la comunicación a esta oficina judicial de la existencia de asientos ulteriores que pudieran afectar al embargo anotado.

Insértese en el mandamiento esta resolución, haciendo constar que es firme a efectos registrales.

De acuerdo con lo ordenado en los artículos 629.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 418 del Reglamento Hipotecario, remítase el mandamiento en el día de hoy al citado registro:

1.o Por fax.

2.o Por correo certificado con acuse de recibo.

Notifíquese esta resolución.

De esta resolución doy cuenta a su señoría.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, ante la secretaria judicial, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio de la recurrente (artículos 186.1 y 187.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Lo decreto y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Adicional Logistics España”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 8 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.717/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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