Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150128-145

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 4

145
Procedimiento 82 de 2014

EDICTO

Doña María José Sáez Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Almería.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 82 de 2014 a instancias de la parte actora don Antonio Cortés Fernández, contra “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resoluciones de fecha 14 de noviembre de 2014 del tenor literal siguiente:

Auto

En Almería, a 14 de diciembre de 2014.

Parte dispositiva:

Procédase a la ejecución del auto de extinción firme de condena recaída en las presentes actuaciones, a instancias de don Antonio Cortés Fernández, frente a la empresa “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, así como 29.609,76 euros de principal, más la cantidad a presupuestar para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese esta resolución a las partes, con significación de que contra la misma cabe recurso de reposición en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los términos contenido en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; todo ello, ante este Juzgado, en el plazo de tres días hábiles siguiente al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, haber constituido el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial abierta con el número ES55/0049/3569/92/0005001274. Concepto, expediente número 2926/0000/30/número ejecutoria/año, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30 Social-Reposición”, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Decreto

Secretaria judicial, doña María José Sáez Navarro.—En Almería, a 14 de noviembre de 2014.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, suficientes para cubrir la cantidad de 29.609,76 euros en concepto de principal, más la de 5.921,94 euros que provisionalmente se fijan para intereses, costas y gastos, llevándose a cabo la traba por la comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Notifíquese esta resolución a la ejecutada junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.

Dado que la ejecutada se encuentra en la actualidad en paradero desconocido, notifíquese la presente mediante edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Almería, a 14 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/723/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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